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BENEFICIOS EN PANAMÁ PARA LA INVERSIÓN

EXTRANJERA Y PARA LOS JUBILADOS O PENSIONADOS

Panamá ofrece beneficios directos y tangibles que facilitan y promueven la inversión extranjera, tales como Centro Financiero Internacional que puede recibir depósitos en diversas monedas, entre ellas el US Dólar y el Euro, una moneda fuerte de curso corriente (el US Dólar), una gama variada de incentivos para los inversionistas y un mercado de capitales creciente.

De igual manera, para el inversionista, Panamá ofrece el mayor HUB de transporte de personas y mercancías de América Latina, un sistema de telecomunicaciones moderno y de primer orden, un alto nivel de calidad de vida, riesgos bajos de desastres naturales, seguridad y acceso a los beneficios que el trópico ofrece, en un ambiente multicultural y multiétnico.

Panamá ha adquirido un gran dinamismo económico en los últimos años, producto del gran volumen de inversión que se recibido en sectores inmobiliarios, de transporte, bancario, comercial, infraestructura, turismo y en razón de la próxima ampliación del Canal de Panamá.

Para mayor información sobre las áreas de inversión, le recomendamos visitar nuestras páginas Web: www.bienesraicespanama.net y www.bfclawyers.com

Así mismo, Panamá se ha convertido en el destino preferido de muchos jubilados y pensionados que buscan optimizar sus ingresos, con viviendas a precios accesibles, en un ambiento sano y moderno, ofrecidos por la Ciudad de Panamá o por áreas recién descubiertas como Boquete o Bocas del Toro.

Entre los beneficios directos que el país ofrece a estas personas, se encuentran los otorgados por la Ley No. 9 de 24 de junio de 1987 a los jubilados y pensionados extranjeros:

1. Exoneración del pago de Impuesto de importación de artículos de uso doméstico,

hasta por la suma de USD.10,000.00

2. Exoneración del pago de Impuesto para la importación de un vehículo automotor,

para uso personal o familiar, cada 2 años.

3. Exoneración del pago de cualquier depósito, gravamen o derecho migratorio, en

relación con la obtención de la visa de turista pensionado.

 

Otros beneficios son otorgados a las personas que tengan el estatus de Jubilados o Pensionados, tales como los descuentos que se derivan de la Ley No.6 del 16 de junio de 1999:

1. Descuento del 50% de los precios en cines, teatros, eventos deportivos y demás

espectáculos públicos.

2. Descuento del 25% del valor de consumo individual de las comida en restaurantes.

3. Descuento del 15% de la cuenta total por servicios de hospitalización en clínicas

privadas.

4. Descuento del 10% en las farmacias, sobre el valor de los medicamentos.

5. Descuento del 20% en los honorarios por consultas en medicina general,

especialidades médicas y quirúrgicas; así como el 15% por servicios odontológicos y

15% por servicios de optometría.

6. Descuento del 25% en la facturación de consumo mensual de energía eléctrica.

7. Descuento del 25% por servicios telefónicos.

8. Descuento del 50% de lunes a jueves y del 30% los viernes, sábado y domingo en

Hoteles y Resorts.

9. Descuento del 15% en los establecimientos de expendio de comidas rápidas.

10. Descuento del 20% del precio de todas las prótesis, así como todos los aparatos y

accesorios de ayuda.

 

Los Extranjeros interesados por estos beneficios, deberán solicitar una Visa en calidad de Turista Pensionado, pudiendo fijar su residencia en Panamá, con sus familiares y dependientes,

Los requisitos más importantes para estas Visas son:
- Prueba de la Condición de jubilado o pensionado por gobiernos extranjeros, organismos

internacionales o empresas privadas

- Prueba de la renta o pensión mensual, no inferior a USD. 500.00 o de su equivalente en

moneda extranjera, más la cantidad de USD. 100.00 por cada dependiente.

- Si se trata de personas jubiladas o pensionadas por empresas privadas deberán

presentar, además, pruebas que acrediten que la empresa existe y está operando.

 

Los documentos provenientes del exterior deberán estar autenticados por el Cónsul de Panamá en su país y posteriormente por el Ministerio de Relaciones Exteriores o mediante Apostilla, siempre que el país de origen sea parte del Convenio sobre Apostilla.

Otras Visas otorgan otra clase de beneficios, correspondientes con su estatus migratorio y los objetivos del solicitante. Para mayor información, le recomendamos visitar nuestra página web: www.panamavisas.com o www.retiredpanama.com
 

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