ZONA LIBRE DE COLÓN
Las Zonas Libres,
creadas en Panamá en 1948, son espacios cerrados equipados con las
facilidades necesarias para cargar, descargar, despachar por tierra,
mar o aire, almacenar, manufacturar, exhibir y manipular todas las
mercancías que no sean de prohibida importación, las cuales podrán
ser objeto de cualquier clase de transacción comercial.
Panamá ofrece al mundo
la Zona Libre más importante del Hemisferio Occidental y la segunda
más importante después de Hong Kong, localizada a la entrada del
Canal de Panamá en la Costa Atlántica, en la Provincia de Colón. La
Zona Libre es considerada como uno de los principales pilares de la
economía panameña por el volumen y el valor anual de las mercaderías
que maneja.
La existencia de un
Centro Financiero Internacional, la eficiente Infraestructura de
Transporte Marítimo y de Aéreo, la Libre Circulación del Dólar, un
gran número de Incentivos Fiscales y una sofisticada Red de
Comunicaciones al igual que la Legislación de Incentivos Especiales
y un Ambiente de Inversión Estable; además de su estratégica
posición geográfica para el negocio internacional son parte de los
factores que contribuyen a facilitar las operaciones de la Zona
Libre de Colón.
Localizada en la
entrada Atlántica del Canal de Panamá, y con rápido acceso a una
gran extensión de tierras y rutas marítimas y de transporte. La
existencia en Colon de tres puertos en el Atlántico Manzanillo
International Terminal, Coco Solo Evergreen y Hutchinson
International Terminal (Cristóbal) y uno en el Pacifico, han hecho
posible que los polos industriales más desarrollados del mundo estén
íntimamente ligados a la Zona Libre de Colon, dando lugar a que
empresas de transportes navales, áreas, y terrestre operen desde
Panamá hacia todos los destinos.
Así mismo, empresas
especializadas en almacenaje, empaque y manejo de documentación,
completan el panorama para hacer de este lugar el lugar perfecto
para la instalación de un centro de redistribución internacional. La
zona Libre de Colon le provee todas las facilidades del mundo.
De esta forma, las
mercancías destinadas a la Zona Libre de Colón lo hacen sin pagar
impuesto, derecho o gravamen alguno relacionado con su importación;
y podrán ser retiradas sin pagar impuestos, derechos o gravámenes,
para la venta a las naves o aeronaves que zarpen de la Zona Libre
con destino a puertos o a aeropuertos extranjeros o para su envío al
exterior.
No obstante, cuando las
mercancías sean retiradas para destinarlas al uso o consumo en el
territorio nacional, pagarán los gravámenes aduaneros que en cada
caso correspondan.
De igual forma, las
Compañías que se encuentran ubicadas en la Zona Libre de Colón están
exentas del pago de impuesto de exportación del capital, o del pago
de dividendos y poseen otros beneficios relacionados con su
ubicación y su actividad.
Hoy alrededor de 1,600
compañías internacionales se benefician de todos los servicios y
facilidades que ofrece la Zona Libre de Colon, bajo un sistema
excepcional de tributación libre de impuesto de venta y/o producción
sobre importaciones o reexportación a países extranjeros, libre de
impuesto sobre ingresos generados en el extranjero entre otros. Lo
que se traduce como la zona de 0% de impuesto y 100% de
oportunidades.
Para operar válidamente
en la Zona Libre de Colón es necesario obtener una autorización de
la Administración General de la Zona Libre de Colón, sin que sea
necesaria la obtención de una Licencia Comercial de las arriba
descritas, cuyo usuario deberá pagar un cargo de US $200.00 anuales
por la Obtención del Código de Operación aplicable a todas las
empresas que se instalen en dicha Zona Franca.
ÁREA ECONÓMICA ESPECIAL PANAMA -
PACÍFICO
(ANTIGUA BASE DE HOWARD)
Siempre en la búsqueda
de ofrecer nuevas oportunidades de negocio, la República de Panamá
ha desarrollado una nueva propuesta que busca incrementar la
explotación de su potencial económico y comercial. Es así como la
antigua Base Aérea de Howard que revirtiera a la República de Panamá
en virtud de la ejecución de los Tratados sobre el Canal de Panamá,
ha sido convertida en lo que se conoce como el Área Económica
Especial Panamá-Pacífico.
Esta reconversión ha
sido el producto de la aprobación en la Asamblea Nacional de la Ley
41 de 2004 que crea un régimen especial para el establecimiento y
operación del área económica especial Panamá-Pacífico, y una entidad
autónoma del Estado, denominada Agencia del Área Económica Especial
Panamá-Pacífico que tendrá a su cargo el desarrollo y la
fiscalización de las actividades de dicha zona comercial especial,
dentro del marco legal establecido.
El artículo 1 de la Ley
41 del 2004 nos brinda el sentido del proyecto, al indicar:
“La presente Ley tiene
por objetivo crear un régimen legal, fiscal, aduanero, laboral,
migratorio y de negocios especial, para el establecimiento y
operación de un Área Económica Especial en el distrito de Arraiján,
provincia de Panamá, denominada Área Económica Especial
Panamá-Pacífico, dirigido a incentivar y asegurar el flujo y
movimiento libre de bienes, servicios y capitales, para así atraer y
promover las inversiones, la generación de empleos y hacer a la
República de Panamá más competitiva en la economía global.”
Además, tiene por
objetivo crear una entidad autónoma denominada Agencia del Área
Económica Especial Panamá-Pacífico, responsable de implementar el
régimen enunciado en el párrafo anterior, de regular las actividades
que se desarrollen en el Área Panamá-Pacífico y de establecer los
parámetros para la contratación de uno o varios desarrolladores u
operadores de reconocido prestigio y experiencia a nivel
internacional, que se encargarán de planificar, desarrollar y
promover el Área Panamá-Pacífico, conforme a lo establecido en el
artículo 41 de la presente Ley.
Las personas naturales
o jurídicas que se establezcan en el Área Panamá-Pacífico, podrán
realizar todo tipo de actividades, de cualquier índole, salvo lo
establecido en los artículos 49 y 50 de la presente Ley.”
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