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Planificación Fiscal y Protección de Activos en Panamá
Panamá posee múltiples ventajas que ofrecer al inversionista que busca planificar y desarrollar su estrategia fiscal o de negocios, así como para los que desean proteger su patrimonio.
La jurisdicción offshore panameña permite manejar o dirigir transacciones desde Panamá que se perfeccionen, consuman o surtan sus efectos fuera de las fronteras de Panamá, con las siguientes características:
1-  Los beneficios obtenidos por la refacturación están libres de impuestos.
2-  No existen impuestos sobre la ganancia derivada de las transacciones que se perfeccionen, consuman o surtan sus efectos fuera del territorio fiscal panameño que se desarrollen desde una oficina ubicada en Panamá.
3-  Los intereses y comisiones obtenidos por préstamos, depósitos de dinero o cualquier otra operación financiera de fuente extranjera no están sujetos a impuesto sobre la renta en Panamá.
4-  Tampoco están sujetos al pago de impuestos, los cánones de arrendamiento provenientes del Leasing internacional.
5-  De igual manera están exentos de impuestos las primas provenientes de seguros y reaseguros que cubran riesgos de personas o bienes en el exterior.
4-  Finalmente, tampoco están sometidos al impuesto sobre la renta en Panamá, la enajenación de acciones y cuotas de participación de una persona jurídica, aún de una sociedad panameña, siempre que sus activos estén situados en el exterior.

Panamá posee instrumentos jurídicos que permiten la creación de estructuras de planeamiento fiscal y de protección de activos, de manera ágil, práctica y flexible, aptos para ser utilizados en diversas actividades y situaciones. Este es el caso de las Sociedades Anónimas o Corporaciones Offshore y las Fundaciones de Interés Privado.

Tanto las Sociedades Offshore, como las Fundaciones de Interés Privado en Panamá pueden servir para realizar operaciones comerciales y financieras muy variadas, manteniendo, si se requiere, un alto nivel de confidencialidad.

Estas Fundaciones de Interés Privado y Sociedades o Corporaciones Offshore en Panamá pueden adquirir la titularidad de bienes o activos del patrimonio de una persona o empresa, generando un patrimonio separado e independiente, con el fin de reducir riesgos o planificar las obligaciones fiscales, e incluso para facilitar la gestión de cobro o pago.

Se puede poner a nombre de una Sociedades Offshore Panameñas o de una Fundación de Interés Privado dineros depositados en cuentas bancarias, inversiones, acciones de otras sociedades, bienes raíces, buques, automóviles y, en general, todo bien patrimonial que se desea manejar de manera independiente.

Otros usos de las Sociedades Offshore y de las Fundaciones de Interés Privado en Panamá comprenden su utilización como vehículo de inversión extranjera, la utilización financiera o como titular de derechos de propiedad intelectual y beneficiaria de los derechos de licencias, patentes, franquicias o de marcas, así como de derechos de imagen.